* Francisco JIMENEZ REYNOSO
Con satisfacción he apreciado que finalmente ha sido aceptado por la clase política aplicar a nuestra normatividad estatal el concepto de revocación de mandato. Aproximadamente hace un año fue cuando en rueda de prensa en nuestra alma mater hice el planteamiento de incluir la revocación de mandato en nuestras leyes estatales para aplicarlas, en su momento, en beneficio de nuestra sociedad jalisciense. Por razones obvias, estaré tratando el tema espaciadamente.
Comencemos a desmenuzar el tema por lo más elemental: el derecho al voto es un derecho primario, es inherente a la naturaleza de los individuos. Un sistema democrático se construye con la auténtica participación de los ciudadanos, quienes votan y quienes buscan ser votados. A través del sufragio es como se elige un proyecto, incluso un individuo, el elector se siente identificado con el electo para que ocupe un espacio de representación en el gobierno dentro de las estructuras: del Congreso del Estado, de los Municipios y del Poder Ejecutivo. Los motivos pueden ser diversos por los que el elector lleva a un ciudadano a ser gobernante.
Hasta el momento, en la legislación nacional y estatal no hay forma de destituir a un mal gobernante dentro de sus periodos de mando, ya sean 3 o 6 años (Revocación de Mandato) .
Por supuesto que el ciudadano puede elegir a sus gobernantes, además es capaz de dar seguimiento a sus acciones, haciendo uso de los instrumentos con que contamos en este momento, como es la rendición de cuentas, la transparencia y acceso a la información pública, el cumplimiento de sus promesas en campaña, entre otros.
REVOCACIÓN DE MANDATO MECANISMO DE APLICACIÓN.- Propuestas. Para Gobernador: a) De manera ordinaria en cada elección intermedia.
Las consecuencias serían: se incrementaría el porcentaje de la votación, en virtud de que el ciudadano, además de elegir gobernantes (como tradicionalmente se hace), también tendría el poder, el mismo día de revocar de su cargo (destituir) a un mal gobernante.
Además los gobernantes serían más cuidadosos en el manejo de recursos, información, toma de decisiones, actitudes, vocabulario, entre otros.
Los buenos gobernantes no tienen nada que temer, la razón es que fueron electos por sus propuestas en campaña, por los compromisos que hicieron con la ciudadanía, por la aceptación y credibilidad que tuvieron con el electorado (siempre y cuando no sea contundente en esa elección el voto de castigo).
En virtud de lo anterior, si éstos ya en los cargos en que los llevó el elector cumplen con sus compromisos, seguramente serán ratificados en sus puestos para que concluyan sus periodos de seis años.
Un verdadero parámetro para el ciudadano con la finalidad de saber si el gobernador ha sido bueno o malo sería cotejar sus propuestas de campaña con la aplicación de las mismas al corte de sus tres primeros años, con esto se evitaría caer en el riesgo de acciones de populismo en contra de un gobernador en turno.
Lo único que se necesitaría es una boleta más el día de las elecciones intermedias que pregunte si su gobernador se “queda o se va”. Si la mitad más uno decide revocarlo del cargo, de la votación total emitida, entonces así sería y el Congreso del Estado sería el encargado de designar al Gobernador Interino.
Aparentemente, la Revocación de Mandato se aplicará en nuestras leyes estatales por la presente legislatura. El que suscribe, seguirá generando ideas en este sentido con la finalidad de enriquecer y mejorar nuestro sistema democrático.
* Maestro en Derecho Constitucional U. de G.
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